MUY POSITIVO
impacto de la legislacion:
Esta medida garantiza que cualquier persona que necesite servicios médico hospitalarios de emergencia pueda recibirlos. También, aumenta el acceso a la educación a estudiantes que no cuenten con vacunas al día por razón de su estatus migratorio y el acceso a esas vacunas. Particularmente, garantiza servicios médicos de emergencia y de vacunación a inmigrantes con estatus irregular.
NOMBRE DE LA LEGISLACION:
P. del S. 10
DESCRIPCION:
Para enmendar la Ley 35-1994 a los fines de disponer que no se le podrá negar servicios médico hospitalarios a cualquier persona que esté sufriendo una condición de emergencia médica o a una mujer que esté de parto, por razón de raza, color, sexo, edad, religión, nacimiento, origen o identificación étnica o nacional, ideología política, incapacidad física o mental presente o futura, condición socioeconómica, identidad de género, orientación sexual o estatus migratorio y enmendar la Ley Num. 25 con el fin de prohibir que ninguna escuela pública o privada en Puerto Rico podrá discriminar contra estudiantes que no cuentan con su certificado de vacunación al día a causa de su estatus migratorio y ordenar, a su vez, que la institución educativa haga todas las gestiones pertinentes con el Departamento de Salud para que ese niño o niña reciba la vacunación requerida, irrespectivamente del estatus migratorio del estudiante o de sus padres.
2 de enero de 2021
PERIODO RADICACION:
Estatus actual del proyecto:
Luego de ser aprobada por el Senado y la Cámara de Representantes, la medida fue enviada al gobernador PedroPierluisi Urrutia el 2 de noviembre de 2023 y convertido en la Ley 128-2023 el 13 de noviembre de 2023.