MUY NEGATIVO
impacto de la legislacion:
La medida asume que existe una infraestructura y recursos humanos dentro de los Municipios y el DRNA que no están presente, y los términos de aprobación de los permiso no son conducentes a la participación ciudadana cuando hay controversia sobre su otorgación. Esta medida puede llevar a la aprobación de permisos sin las evaluaciones ambientales y comunitarias necesarias que permitan conocer sobre los posibles efectos negativos de las mismas. Se le considera una amenaza al medio ambiente. Esta medida corresponde al “paquete” de 13 piezas legislativas radicadas en la Cámara de Representantes que enmiendan la Ley 161 -2009, mejor conocida como “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”.
NOMBRE DE LA LEGISLACION:
P de la C. 1992
DESCRIPCION:
Para enmendar la “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”, para establecer si un Municipio, o el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales no emiten sus recomendaciones dentro del término de treinta (30) días se entenderá que no tienen recomendaciones ni objeciones, y se procederá con la otorgación o denegación de la determinación final o el permiso solicitado, según lo resuelva el antes mencionado organismo gubernamental.
Estatus actual del proyecto:
Luego de ser aprobada por el Senado y la Cámara, la medida fue enviada al gobernador Pedro Pierluisi Urrutia el 8 de julio de 2024. La medida fue convertida en la Ley 131 de 2024 el 7 de agosto de 2024.