Equidad de Género


POSITIVO
impacto de la legislacion:
El portal electrónico contemplado daría a conocer información actualizada de los Kits de Agresión Sexual a sobrevivientes de violencia sexual. Se establecen protocolos para primeras y segundas notificaciones a las personas sobrevivientes, sin distinción de que estas hayan radicado o no una querella sobre el proceso. El proyecto también establece un protocolo para sobrevivientes menores de edad y contempla alternativas en caso de que viva con su agresor. Por otro lado, el lenguaje de la medida es enfático en reducir la revictimización, incluir estrategias con recursos comunitarios y proteger la información que habita en el portal, de tal modo que no pueda ser revalada al sistema judicial o a terceros sin el consentimiento escrito de la sobreviviente. A nivel administrativo, se formaría un grupo de trabajo interagencial que incluye al Instituto de Ciencias Forenses, Negociado de la Policía de Puerto Rico, Centro de Ayuda a Víctimas de Violación del Departamento de Salud, pero tan solo dos organizaciones de base comunitaria.
NOMBRE DE LA LEGISLACION:
P. de la C. 21
DESCRIPCION:
Para crear la “Ley del Portal Electrónico de Rastreo del Equipo de Recolección de Evidencia Forense de Violencia Sexual” para proporcionar a las víctimas información relacionada con el estatus del equipo, conocido en la comunidad científica como Kit de Agresión Sexual, “Sexual Assault Kit” (SAK, por sus siglas en inglés); disponer política pública; establecer las responsabilidades de las diferentes instituciones, departamentos y agencias; e implementar el sistema de rastreo que permita a las víctimas acceso a información relacionada con el estatus del Equipo de Recolección de Evidencia Forense de Violencia Sexual.
02/01/2025
PERIODO RADICACION:
Estatus actual del proyecto: